
Hasta el pasado año todos los
establecimientos dedicados a los alquileres turísticos, a saber: hoteles,
campings, agencias de viajes, inmobiliarias, o alquiler de vehículos entre
otros, tenían que facilitar los datos de los documentos de identidad de los
clientes a la web de la Policía, pero con la entrada del Real Decreto 933/2021 establecido recientemente por el Ministerio del
Interior, no solo vamos a tener que proveer los anteriormente mencionados, también
vamos a tener que proporcionar datos tan susceptibles como los bancarios,
número y fecha de caducidad de la tarjeta de pago, correo electrónico, teléfono
móvil, datos del contrato de arrendamiento o reserva, fecha de entrada y
salida, monto a pagar, parentesco entre los familiares (si hay menores), y un sinfín
más.
Desde la Comisión
Europea se emitió un informe desfavorable, en el que manifiestan que la medida
era desproporcionada e innecesaria y que, de aprobarse, vendría a infringir la
normativa comunitaria y la propia jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la
Unión Europea (Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales;
Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de
2000, conocida como “Directiva de Comercio Electrónico").
A
pesar de tener a Europa en contra, así como a los agentes turísticos implicados,
el Ministerio del Interior asegura que esta medida se lleva a cabo para luchar
contra el terrorismo y en pro de nuestra protección, sin embargo, tanto
clientes como trabajadores del sector opinan que se trata de una flagrante
violación de nuestra intimidad, así como un extra de trabajo que puede saturar
los servicios durante la temporada alta, por no mencionar que los clientes procedentes
del resto de Europa no verán con buenos ojos que España disponga de estos datos
tan personales tan solo por venir a veranear al litoral de nuestro país.