
La Licencia de Segunda Ocupación es un documento de carácter oficial cuyo objeto no es otro que el de
acreditar que una vivienda de segunda mano es habitable en términos de
salubridad, higiene, solidez, etc., vendría a ser el equivalente de la cédula
de habitabilidad que es necesario tramitar en viviendas de obra nueva.
La licencia de segunda
ocupación se solicita cuando la vivienda cuenta con cierta antigüedad o cuando
el inmueble en cuestión va a ser destinado a una función distinta a la
original, por ejemplo, locales que se han adaptado posteriormente a viviendas o
viceversa. Esta licencia resulta obligatoria para poder llevar a cabo trámites
como las altas de luz y agua.
¿Qué ha de reflejar la Licencia de Segunda Ocupación?
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Los datos de inscripción de la vivienda,
local, terreno, etc.
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Ubicación.
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Superficie útil (más de 20 m2
para pisos posteriores a 1984).
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Número de habitaciones, baños, cocina,
salón… (estancias de las que consta el inmueble).
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Si consta de instalación de agua (fría /
caliente), electricidad, sistema de ventilación y de evacuación de líquidos
residuales.
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Capacidad máxima de la propiedad.
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Responsable y titulación del profesional
que ha tramitado la certificación.
¿Dónde se solicita la Licencia de Segunda Ocupación?
Esta licencia depende
de las comunidades autónomas. En el caso de la Comunidad Valenciana, ésta se
solicita directamente al ayuntamiento en cuestión o bien pueden tramitarla a
través de A&C Asesores Inmobiliarios,
solo tienen que llamarnos.